Page 238 - Persecución a los cristianos-Reporte 2022-E-Book
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tiva  de  la  ONU,  en  la  Convención  para  la
                     Prevención y la Sanción del Delito de Geno-

                     cidio, el 9 de diciembre de 1948.


                     En el derecho internacional el genocidio se
                     define como la intención de destruir uno de

                     los  cuatro  tipos  de  grupos  protegidos:  ra-
                     cial, nacional, étnico o religioso, y se consi-
                     dera moralmente y unánimemente como un

                     mal, y como tal, el más grave de todos los
                     crímenes internacionales.


                     Cabe mencionar que el derecho internacio-

                     nal ha sufrido algunos cambios importantes
                     en los últimos años. En lugar de estar prin-

                     cipalmente  preocupado  por  las  relaciones
                     entre  los  Estados,  el  DI  para  perseguir  y
                     enjuiciar internacionalmente a las personas

                     que  cometen  delitos  de  lesa  humanidad,
                     tales  como,  asesinatos,  violaciones,  tortu-

                     ras  y  otros  delitos  que  los  tribunales  han
                     manejado  tradicionalmente  en  el  ámbito

                     nacional.  En  la  doctrina  del  derecho  inter-
                     nacional actual, para sortear problemas de

                     incompatibilidad, pues los crímenes de lesa
                     humanidad  también  pueden  ocurrir  como
                     ataques  domésticos  variados,  dirigidos





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