Page 176 - Propiedad privada Institución y Derecho
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B. Las instituciones surgidas y fundamentadas en la Ley
natural pueden variar en aspectos secundarios, pero en
sus aspectos esenciales jamás mudarán. Es el caso, por
ejemplo, de la propiedad privada, la familia y las sanas
tradiciones, que están protegidas por la Ley Divina y
contienen los principios inmutables del orden humano.
Por ejemplo, está escrito, en el 6° mandamiento, “No
pecarás contra la castidad”; en el 7° mandamiento, “No
robarás”; en el 8°, dice, “No mentirás, ni levantarás
falso testimonio; en el 9°, “No desearás los bienes del
prójimo”, y, en el 10°, “No codiciarás las cosas ajenas”.
Todos ellos son la base de la propiedad y la estabilidad
moral y material del matrimonio indisoluble y de la
institución de la familia, santificada como sacramento
de modo especial por Jesucristo. De tal manera que si
llegan a existir abusos en lo que respecta a la propiedad
o la herencia, será necesario corregirlos, pero nunca será
lícito considerarlas instituciones y leyes retrógradas.
C. Dios no organizó el universo según el principio de una
igualdad completa. La riqueza no proviene solo de la
cantidad, sino también de la diversidad, y por eso lo
dispuso de una manera ponderada y armoniosamente
jerarquizada de seres, con atributos diferentes. Es lo
que se ve en toda la creación. Una estructura sin clases
sociales y económicamente de inspiración igualitaria es,
por tanto, antinatural.
D. Las cuestiones económicas y sociales no se resuelven
con demagogia; se resuelven cuando se aplican en forma
inteligente y sensata, un conjunto de medidas coherentes
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