Page 146 - San Luis Bertrán Eixarch
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g) Que los oficiales reales (del Virrey hacia
abajo) no tenían derecho a la encomienda de
indios, lo mismo las ordenes religiosas,
hospitales, obras comunales o cofradías, todo lo
cual se sostenía del tesoro real o de los propios
recursos eclesiásticos.
h) Que el repartimiento de encomiendas
dado a los primeros conquistadores cesara
totalmente a la muerte de ellos y se devolviera
las tierras a los indios, bajo la forma de
resguardos puestos bajo la protección directa de
la Real Corona, sin que nadie a título personal
pudiera heredar la tenencia y dominio de sus
tierras. Los resguardos indígenas eran propiedad
colectiva pro indivisa a perpetuidad, que no
podía ser vendida, ni comprada. Pero sí podían
ampliarse por orden real en la medida en que
fueran aumentando las familias que iban
saliendo de la selva e integrándose a la vida
civil.
Respecto a las encomiendas, mucho se ha
discutido si este régimen es una institución
creada para las Indias. Pero lo cierto es que es
una institución militar transitoria surgida en las
ordenes de caballería, durante las cruzadas y la
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