Page 85 - Propiedad privada Institución y Derecho
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monopolio de la producción. Es decir, que por el despotismo
económico de consorcios anónimos de capitales públicos
o privados, nacionales o internacionales, que por la fuerza
se han hecho preponderantes con el apoyo de multitudes
organizadas, dispuestas a usar de su poder en menoscabo de
la justicia y el derecho de los demás.
b. El derecho de propiedad es distinto de su uso
El papa Pío XI ha dicho: “… el derecho de propiedad no
se pierde por el abuso. Está muy lejos de la verdad el decir
que por el abuso o el simple no uso de las cosas, perece o se
pierde el derecho de propiedad”.
Sobre el uso de las riquezas hay una doctrina excelente y de
gran importancia, que, si bien fue iniciada por la filosofía,
la Iglesia la ha enseñado, perfeccionada por completo y ha
hecho que no se quede en el puro conocimiento académico,
sino que se vincule a las costumbres. Su fundamento
consiste en distinguir entre la recta posesión de los bienes
y el uso honesto de los mismos. Poseer bienes en privado
es derecho natural del ser humano, y usar de ese derecho,
sobre todo en la sociedad de la vida, no solo es lícito, sino
absolutamente necesario.
Si se pregunta, cuál es el justo necesario, que sea correcto en
el uso de los bienes, la Iglesia responderá sin vacilación en
cuanto a esto: el hombre no debe considerar las cosas exter-
nas como propias, sino como comunes, es decir, de modo
que las comparta fácilmente con otros en sus necesidades.
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