Page 86 - Propiedad privada Institución y Derecho
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De donde dice el Apóstol: “… manda a los ricos de este
               mundo a que compartan y den con facilidad”.          17


                     A nadie se le manda socorrer a los demás con lo necesario
                     para su uso personal y de los suyos, ni siquiera a dar a otro lo

                     que él mismo necesita para conservar lo que le convenga a su
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                     decoro y el de su familia.
               c. Nadie debe vivir de manera inconveniente


                     Cuando se han atendido suficientemente las necesidades y el
                     decoro, es un deber socorrer a los indigentes con lo que sobra

                     (Luc 11, 41). No son estos, sin embargo, deberes de justicia,
                     salvo en el caso de necesidad extrema, sino que es de caridad
                     cristiana, la cual no hay derecho de exigirla por ley. Pero
                     antes del juicio de los hombres, está la Ley Divina y el juicio
                     de Cristo Dios, que afirma: “Es mejor dar que recibir” (Hech
                     20, 35), y que juzgará la caridad hecha o negada, como hecha
                     o negada a Él mismo, en su persona. Por lo tanto, el que
                     tenga talento, que cuide mucho de no estarse callado; el que
                     tenga bienes, que no se deje entristecer por la largueza de su

                     misericordia; el que tenga un oficio con que se desenvuelve,


               17   1 Tim 6- 17-18 “A los ricos de este mundo recomiéndales que no sean
                  altaneros ni pongan su esperanza en lo inseguro de las riquezas, sino en
                  Dios, que nos provee espléndidamente de todo para que lo disfrutemos;
                  que practiquen el bien, que se enriquezcan de buenas obras, que den con
                  generosidad y con liberalidad”.

               18   S.T. 2-2 q.32 a.6: “… sería un desorden si se privara a alguien de sus
                  bienes  propios  para  dárselos  a  otro,  hasta  llegar  al  extremo  de  que
                  con el  remanente no  pudiera  desenvolver adecuadamente  su vida
                  conforme a su estado y dificultades que se le presenten. Nadie debe vivir
                  indecorosamente”.



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